En el marco de las disposiciones del régimen general del Impuesto a la Renta, los contribuyentes tienen la posibilidad de modificar o suspender los pagos a cuenta mensuales correspondientes al ejercicio 2025, siempre que sustenten dicha solicitud sobre la base de información financiera actualizada y razonablemente proyectada.
¿Qué permite la norma?
La SUNAT permite reducir el coeficiente de pagos a cuenta o incluso suspenderlos a partir del periodo agosto a diciembre, mediante la presentación del Formulario Virtual 625. Esta posibilidad está sujeta a la determinación de un nuevo coeficiente o, en su caso, al cálculo de un porcentaje de 0.00, lo cual implica la suspensión total de los pagos mensuales.
Requisitos para aplicar:
- Elaboración de los Estados Financieros al 31 de julio de 2025, principalmente el Estado de Resultados.
- Registro del Estado de Resultados en el Libro de Inventarios y Balances, a valores históricos.
- Presentación del Formulario Virtual 625, con aprobación automática, hasta la fecha de vencimiento del pago a cuenta que se desea modificar (por ejemplo, agosto hasta su fecha de vencimiento).
- Cálculo del nuevo coeficiente sobre la base del Impuesto calculado dividido entre los ingresos netos acumulados al 31.07.2025.
Consideraciones prácticas:
- Si el resultado del cálculo da como coeficiente 0.00, pueden suspenderse los pagos a cuenta de agosto a diciembre.
- Esta decisión permite optimizar el flujo de caja, redirigiendo los recursos a otras necesidades del negocio.
- El archivo del Estado de Resultados no se envía a la SUNAT en ese momento, pero debe conservarse para cualquier requerimiento posterior.
- El sustento contable debe estar debidamente registrado y a disposición, pues SUNAT puede fiscalizar su razonabilidad.
Beneficios:
- Alivio inmediato del flujo de caja.
- Mejora en la gestión tributaria a través del uso oportuno de información contable.
- Reducción o suspensión de pagos a cuenta, evitando desembolsos innecesarios.
Recomendación Ecovis:
Desde Ecovis Perú sugerimos revisar con su equipo contable los resultados acumulados al 31 de julio y evaluar la conveniencia de presentar el Formulario 625. Esta medida puede representar un importante alivio financiero para los últimos meses del ejercicio. Nuestro equipo está a disposición para asesorarlos en la elaboración del sustento contable y tributario, así como en la presentación del formulario correspondiente.
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