Mediante R.S. N° 000002-2023/SUNAT, Publicado el 04.01.2023, se otorga facilidades para que los contribuyentes cuenten con mayor liquidez para mitigar los efectos económicos ocasionados por los diversos conflictos sociales que originaron la declaratoria del Estado de Emergencia a nivel nacional.
Para obtener el beneficio se debe tener en cuenta lo siguiente:
– Están comprendidos los contribuyentes cuyas declaraciones mensuales de los períodos tributarios noviembre de 2021 octubre de 2022 hubieran tenido ingresos de hasta mil setecientas (1700) UIT.
-La solicitud se presenta por única vez, entre el 9 y 13 de enero de 2023, mediante SUNAT operaciones en Línea.
.La solicitud comprende el saldo acumulado en la cuenta hasta el 4 de enero de 2023.
-Cuando el solicitante sea titular tanto de una cuenta convencional como de una cuenta especial – IVAP, la solicitud solo comprende el saldo acumulado en la primera. En cambio, si el solicitante es titular únicamente de una cuenta especial – IVAP, la solicitud comprende el saldo acumulado en esta última