Infracciones SIRE SUNAT 2025: Mediante la Resolución N.º 000032-2025-SUNAT/700000, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” con fecha 31 de julio de 2025, la SUNAT ha ampliado la facultad discrecional para no sancionar las infracciones vinculadas al llevado electrónico de libros y registros tributarios mediante el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE), correspondiente a los periodos de julio a diciembre de 2025.
Antecedentes normativos
- El SIRE fue aprobado por la Resolución N.º 000112-2021/SUNAT.
- Las infracciones aplicables están tipificadas en los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario (incumplimiento de llevar libros y registros y llevarlos con atraso).
- La aplicación de la discrecionalidad ya se encontraba vigente hasta diciembre de 2024.
SUNAT ha postergado la obligación de uso del SIRE para ciertos contribuyentes hasta enero de 2026 (Res. N.º 000217-2025/SUNAT).
Contenido de la nueva resolución
Se amplía la no aplicación de sanciones por infracciones en el uso del SIRE para:
- Periodos tributarios de julio a diciembre de 2025.
- Siempre que se cumplan los criterios establecidos en el anexo de la Res. N.º 000039-2023-SUNAT/700000.
Se otorga plazo hasta el 31 de enero de 2026 para regularizar el llevado conjunto del Registro de Ventas (RVIE) y el Registro de Compras (RCE).
Recomendaciones Ecovis
- Revisar el estado de cumplimiento del SIRE, especialmente si está incorporado en el grupo obligado desde julio de 2025.
- Regularizar de inmediato cualquier atraso o inconsistencia en la generación del RVIE o RCE antes del 31 de enero de 2026.
- Documentar adecuadamente los ajustes o subsanaciones, incluyendo reportes del sistema, correos con proveedores de software y constancias de envío.
- Aprovechar este plazo como una ventana de transición sin sanciones, optimizando procesos internos y reforzando el cumplimiento tributario digital.
Para más información o acompañamiento en la implementación del SIRE y revisión de obligaciones electrónicas, el equipo tributario de ECOVIS PERÚ está a su disposición.
Contacto:
📧 info@ecovis.com.pe
📞 (+51) 1 748 7072
🌐 www.ecovis.com/pe